Autoconsumo compartido a 5 km: la oportunidad que el instalador fotovoltaico no puede ignorar
El Gobierno ha ampliado el radio del autoconsumo colectivo sin red interior (ACSC) a 5 kilómetros y ha añadido un incentivo fiscal del 20% para los consumidores acogidos. Para el instalador fotovoltaico es la mayor oportunidad de negocio del año: hay demanda, hay normativa y hay financiación. Solo falta saber cómo se configura técnicamente.

Qué es el autoconsumo colectivo sin red interior (ACSC)
El autoconsumo colectivo permite que varios consumidores compartan la energía generada por una misma instalación fotovoltaica, aunque no estén en el mismo edificio. La modalidad ACSC —sin red interior— usa la red de distribución para el transporte, aplicando coeficientes de reparto definidos entre los participantes.
Antes de la ampliación, el radio máximo era de 500 metros en red eléctrica y 2 km en sistemas insulares. La nueva normativa eleva ese límite a 5 kilómetros, lo que abre la posibilidad de incluir polígonos industriales, bloques de viviendas y pequeños municipios en un único proyecto de generación compartida.
“Con 5 km de radio, un solo tejado industrial bien orientado puede dar servicio a toda una manzana residencial. El diseño de la instalación cambia, la oportunidad también.”
Cómo se configura técnicamente: ITC-BT-40
La instalación generadora se rige por la ITC-BT-40 del REBT. Los puntos clave para el técnico en un ACSC:
- Protección de interconexión: la instalación generadora debe incluir un relé de protección de interconexión con la red (Tipo II según RD 1699/2011) que desconecte automáticamente ante huecos de tensión o frecuencia fuera de rango.
- Contador bidireccional en cada punto de consumo: cada participante necesita un contador con telemedicióny capacidad de registro de excedentes para la liquidación.
- Coeficientes de reparto: se definen en el Acuerdo de Autoconsumo Colectivo firmado por todos los participantes y notificado a la distribuidora. Son estáticos (porcentaje fijo) o dinámicos (proporcional al consumo en tiempo real).
- Potencia máxima: la instalación generadora no puede superar la suma de las potencias contratadas de todos los participantes, salvo que exista acuerdo de vertido de excedentes con compensación.
Documentación REBT necesaria
- Proyecto o memoria técnica firmada por técnico competente (según ITC-BT-40, umbral 10 kW).
- Certificado de instalación eléctrica (CIE) de la instalación generadora.
- Acuerdo de autoconsumo colectivo con coeficientes registrados ante la CCAA.
- Declaración responsable de puesta en marcha ante la distribuidora.
- Certificado de conformidad del inversor con la norma UNE-EN 62116.
Oportunidad comercial para el instalador
El incentivo fiscal del 20% se aplica sobre la cuota diferencial del IRPF para los consumidores del ACSC durante los primeros cinco años. Esto convierte al instalador que domina el proceso técnico-administrativo en el profesional de referencia para promotoras, comunidades de propietarios y ayuntamientos que quieren acogerse antes de que se agoten los cupos de la convocatoria de ayudas asociada.
Para la parte eléctrica de la instalación, la nota sobre los cambios técnicos del REBT 2025 cubre SPD obligatorio y diferencial Tipo A en instalaciones fotovoltaicas.
Basado en información de Energías Renovables — 2026
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